El certificado final de obra
Lo firman el director de obra (el arquitecto) y el director de ejecución (el arquitecto técnico) cuando la casa está terminada según el proyecto y sus modificaciones. Es la prueba de que se ha construido lo que se autorizó, y lo piden el ayuntamiento, el notario y, en su caso, la aseguradora del decenal. En muchas comunidades lo visa el colegio profesional.
La licencia de primera ocupación y la cédula
Aquí cambia mucho de una comunidad a otra:
- En Cataluña, la vivienda nueva necesita la cédula de habitabilidad de primera ocupación, que expide la Agència de l'Habitatge de Catalunya y vale 25 años.
- En Navarra también hay cédula de habitabilidad, que se pide junto a la licencia municipal de primera ocupación.
- Cantabria la suprimió en 2024 (Decreto 91/2024): basta la licencia o la declaración responsable de primera ocupación.
- En la Comunitat Valenciana se presenta una declaración responsable de primera ocupación (Decreto 12/2021), aunque el ayuntamiento puede pedir licencia por ordenanza.
- En el resto, lo normal es la licencia municipal de primera ocupación o una declaración responsable, según el ayuntamiento.
Como las normas cambian, confírmalo en tu ayuntamiento antes de terminar la obra.
Qué se suele presentar
Para qué sirve
Sin la primera ocupación o la cédula, las compañías no dan de alta los suministros definitivos de agua y luz, y la vivienda no se puede vender ni alquilar como tal con normalidad. Por eso conviene que el contrato de obra diga quién la tramita y que la constructora deje los boletines listos.
Preguntas frecuentes
¿Es lo mismo la cédula de habitabilidad que la licencia de primera ocupación?
Sirven para lo mismo: acreditar que la vivienda se puede habitar. Cuál se pide depende de la comunidad autónoma y, dentro de ella, a veces del ayuntamiento.
¿Quién firma el certificado final de obra?
El director de obra y el director de ejecución de la obra, que en una vivienda son el arquitecto y el arquitecto técnico.
¿Y después?
La [escritura de obra nueva](/escritura-de-obra-nueva) y la inscripción en el Registro.
Antes de decidir
Información general, revisada en octubre de 2026. Cada ayuntamiento y cada comunidad autónoma tiene sus normas: confírmalo con tu arquitecto o con el ayuntamiento antes de decidir.
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